Un momento...
01/07/2020
Los trabajadores autónomos tendrán la obligación de realizar sus trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas a través de Internet a partir del 1 de octubre. Así lo informó la Orden ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018, que dio un plazo de seis meses para que estos se fueran adaptando.
Esta medida afecta además de los trabajadores autónomos, a los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA), y a los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Asimismo, La Tesorería General de la Seguridad Social ha habilitado dos medios para realizar estos trámites: el Sistema RED (Sistema de Remisión Electrónica de Datos) y la Sede Electrónica de la Seguridad Social. No obstante, para utilizar la Sede Electrónica es necesario disponer de un sistema de autenticación de identidad, como el certificado electrónico admitido por la Seguridad Social.
Por lo tanto, todos estos servicios además de los servicios de consulta y firma de notificaciones telemáticas van dirigidos a los trabajadores autónomos y son accesibles con este medio de autenticación. Además, es posible realizar la presentación de solicitudes a través del registro electrónico.
Para más información consulta la Sede Electrónica de la Seguridad Social.