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El Gobierno amplía las ayudas a los trabajadores autónomos

30/09/2020

El Consejo de Ministros aprobó la propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con el fin de ampliar las ayudas a los trabajadores autónomos hasta el 31 de enero de 2021

Además, el Real Decreto Ley ha establecido la creación de una nueva prestación extraordinaria por suspensión de la actividad y la prórroga hasta el 31 de enero de 2021 de la prestación por cese compatible con la actividad y para autónomos de temporada.

La nueva prestación extraordinaria por suspensión de actividad irá dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia del coronavirus.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a esta prestación?

  • Estar afiliado y en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta propia o Autónomos (RETA) o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución.
  • El beneficiario tendrá que estar al corriente de pago de las cuotas.

La cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización, una cantidad que se podría incrementar en un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa. Por lo tanto, el trabajador no pagará las cuotas a la Seguridad Social, pero ese tiempo contará como periodo cotizado. Por otra parte, la exoneración de cuotas se extenderá hasta el último día del mes siguiente al que se levante dicha medida.

Para más información sobre ayudas o nuevas medidas dirigidas a trabajadores autónomos consulta la Sede Electrónica del Gobierno de España.

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