Todo lo que necesitas saber sobre el Registro Consular

22/03/2016

¿Tienes dudas y preguntas sobre el Registro Consular?

Gracias al Consulado General de España en Italia te explicamos lo que necesitas.

 

¿A QUE SIRVE?

La inscripción les permitirá renovar su documentación, poder acreditar que sois residentes en el extranjero y participar en los procesos electorales que se convocan en España, salvo en las elecciones municipales.

¿QUÉ DOCUMENTOS SIRVEN PARA INSCRIBIRSE?

Para inscribirse deben acudir a la Oficina Consular en cuya demarcación residen, acreditar su residencia, identidad y nacionalidad española con la documentación correspondiente y rellenar un formulario, con sus datos entregando una fotografía y cumplimentar el impreso «Declaración explicativa de elección del municipio de inscripción en el PERE/CERA«.

 

¿EL REGISTRO SUBSTITUYE EL CODICE FISCALE ITALIANO?
No, el Codice Fiscale es un documento diferente. Es fundamental para cualquier tipo de trámite administrativo, incluso para cobrar un cheque en el banco. Su uso podría compararse al del NIF español, con la diferencia de que en Italia existe a mayores una “carta d’identità” cuyo número no es el codice fiscale.

Si lo necesitas visita esta pagina

http://www.agenziaentrate.gov.it/wps/content/nsilib/nsi/strumenti/modelli/modelli+in+altre+lingue/modulos/aa4+8+spagnolo

 

 

¿DONDE SE ENCUENTRAN LAS OFICINAS DEL CONSULADO IN ITALIA? 

Puedes inscribirte en una de las oficinas que encuentras en el link siguiente:

http://www.ufficiovisti.com/index.php/europa/spagna/631-ambasciata-spagnola-in-italia-e-consolati

 

 

¿SI UN ESPAÑOL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CAMBIA DE DOMICILIO?

Es muy importante tener en cuenta que si en el futuro un español residente en el extranjero cambia de domicilio, debe comunicarlo al Consulado, para que su inscripción tenga permanentemente los datos actualizados.

Se aconseja a los españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero que se inscriban en el Registro de Matrícula Consular correspondiente al lugar donde se encuentran como «no residentes» (descargar formulario) para permitir que en caso de activarse programas de emergencia se pueda contactar por parte del Consulado con todos los españoles de la demarcación consular.

 

 

PARA LOS ESTUDIANTES

También se aconseja a los estudiantes que realicen cursos en el extranjero o se desplazan al exterior durante una temporada que se inscriban como «no residentes»- (documento adjunto), en el Consulado correspondiente. Dicha inscripción permitirá en caso de necesidad que las familias puedan contactar con sus allegados a través del Consulado. También es conveniente la inscripción para facilitar la sustitución de la documentación si se produjera el robo o la pérdida del pasaporte, pues al estar previamente identificados y constar la documentación que tenía al llegar, el Consulado tiene todos los elementos para poder documentar a quien ha sido víctima del robo de su pasaporte (en este caso deberá siempre denunciarse el robo o la pérdida del pasaporte ante la policía local del país donde se encuentre). Con su inscripción como no residente, el ciudadano puede votar por correo en los diferentes procesos electorales.

 

 

BAJA CONSULAR

Los españoles residentes en el extranjero que trasladen su residencia a España o a otro lugar del extranjero pueden solicitar su baja (documento adjunto)  en el Registro de Matrícula Consular. A su llegada al nuevo lugar de residencia deberán darse de alta en el Padrón Municipal o en el Consulado correspondiente a su nuevo domicilio.

La Baja consular facilita a los españoles que regresan a fijar su residencia en España ciertos trámites en relación con la entrada en aduanas de sus enseres, así como de otro tipo, por lo que es muy útil solicitarla antes de finalizar su estancia en el extranjero. Además, el certificado del período completo de residencia y matrícula en una jurisdicción consular sirve de justificante oficial sobre la totalidad de tiempo residido en el extranjero. 

Finalmente, cabe observar que aquellos españoles que se dieran de alta en un Registro de Matrícula Consular pero no dieran razón al Consulado de la continuidad de su residencia efectiva en el extranjero durante el año siguiente a la fecha del alta causarán baja de oficio. De ahí la importancia de mantener un contacto periódico con la Oficina Consular.

 

Para otras informaciones llama al Consulado o visita la pagina web del consulado

http://www.exteriores.gob.es/consulados/milan

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