Un momento...
21/03/2016
¿Hora de hacer las maletas? Si viajas a otro país de la Unión Europea (UE) y te surgen dudas relativas al alcohol, el tabaco o la cantidad de dinero que puedes llevar contigo, esta entrada te será de gran ayuda.
Alcohol y tabaco
Si viajas de un país de la UE a otro, puedes llevar tabaco, alcohol y bebidas alcohólicas para tu uso personal, pero no para revenderlos.
Según la legislación de la UE, no tienes que demostrar que estos productos sean para tu uso personal si están por debajo de los siguientes límites:
Los países de la UE pueden limitar la cantidad de cigarrillos que te autorizan a llevar desde otros países miembros que todavía no aplican un nivel mínimo de impuestos especiales. Ese límite no puede ser inferior a 300 cigarrillos. Si tienes preguntas, antes de desplazarte ponte en contacto con las autoridades aduaneras del país al que vas a viajar.
Si superas los límites autorizados para el tabaco y el alcohol, puedes verte obligado a:
Si el tabaco o el alcohol que llevas están dentro de los límites establecidos para uso personal, no tendrás que pagar impuestos especiales en el país de la UE al que viajas.
Los viajeros menores de 17 años son una excepción a esta norma, ya que no les está permitido transportar cantidad alguna de tabaco o alcohol. Por otra parte, es interesante tener en cuenta que no existen compras libres de impuestos (“duty-free”) entre países de la UE.
Dinero
Si quieres viajar a otros países de la UE llevando dinero en efectivo por importe igual o superior a 10.000 euros o su equivalente en otras divisas, tendrás que hablar con las administraciones aduaneras de los países de salida, llegada y tránsito para saber si debes declararlo. Por otro lado, al entrar o salir del territorio de la UE, debes declarar ante las autoridades aduaneras todo importe en efectivo igual o superior a esta cantidad.