Un momento...
13/05/2015
Hoy en CEXT nos hemos propuesto compartir con nuestros lectores los enlaces que consultamos desde la redacción para informarnos sobre el Registro de Matrícula Consular. Y es que lo sabemos, ¡a veces puede ser un poco lioso! Sin embargo, una vez que tienes la información filtrada e indexada, es mucho más sencillo resolver cuestiones relativas al alta consular. ¡Esperamos que os sirvan de ayuda!
1. EL DECRETO: El primer enlace que queremos proporcionaros es el Real Decreto 3425/2000. En él aparecen explicados de forma clara los preceptos básicos del Registro de Matrícula: inscripción como residente, como no residente, supuestos de doble nacionalidad, causas de pérdida de la condición de residente… Aunque se trata de las cuestiones más elementales, os recomendamos echarle un ojo, al ser constituir este la base de todo lo que atañe al Registro de Matrícula.
2. LA BIBLIA: La segunda fuente que os sugerimos tener siempre en cuenta es el Ministerio de Asuntos Exteriores, específicamente el apartado de Servicios al Ciudadano del Ministerio de Exteriores. Para nosotros es prácticamente imprescindible, y la utilizamos muy a menudo, pues en ella encontramos información sobre la inscripción en los Consulados, sobre el voto desde el extranjero para las elecciones celebradas en España, sobre la asistencia consular, la pérdida del pasaporte, etc.
En lo que atañe al Registro de Matrícula Consular, puedes pinchar en el apartado “Tu consulado puede ayudarte: inscríbete” y acceder a las ventajas de la inscripción, los inconvenientes, descargar los formularios, etc. Todo está especificado, y como decimos, si eres español y nos lees desde el extranjero, léela detenidamente para aclarar tus dudas sobre el Registro.
3. LA DUDA COMÚN: Prácticamente todos los españoles nos preguntan por el qué va a pasar después. Es decir, me inscribo en el Consulado, sí, pero ¿y si quiero volver a España algún día? ¿Qué pasará entonces? Todas las respuestas a estas preguntas las proporciona la Oficina del Retorno, que además ha elaborado una “Guía del retorno” para disipar todas las dudas. En ella, se detallan todos los aspectos relacionados con la sanidad, la educación, los documentos que debes tramitar a tu vuelta… Todo lo que necesitas.
4. LAS GUÍAS: Cuando un usuario nos escribe por redes sociales, o por mail, ante de leer la consulta ya sabemos que con toda probabilidad tendrá que ver con la inscripción consular. Por ello, desde la redacción, tratamos continuamente de publicar artículos útiles que puedan serviros y que aclaren todas esas dudas. ¡Incluso nosotros mismos cuando no estamos seguros los releemos! Lo cierto es que creemos que son dos preguntas que comúnmente se hacen los españoles en el extranjero. Por ello, también los incluimos:
– Soy español y resido en el extranjero, ¿cuáles son mi derechos en sanidad?
5. EL MAPA Y LA LISTA: Una vez que haz leído toda la info, toca valorar. Aquellos que decidan inscribirse, tendrán que presentarse en el Consulado que les corresponda en función de su demarcación territorial. Y entonces por tu cabeza pasa: “Vale pero, ¿y ese cuál es?”. Normal. La red de Consulados es inmensa. Por ello te facilitamos aquí nuestro “mapa para no perderse”. Se incluye en el apartado de Servicios al Ciudadano de la página del Ministerio de Asuntos Exteriores. Pincha en un continente, pincha en el país en el que te encuentres, y busca cuál es tu Consulado o embajada más cercano, con enlace directo a la Web.
Además, con esta lista del Ministerio de Empleo tendrás acceso a los números de teléfono y correos electrónicos de todas las embajadas de España en el mundo.
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Aquí te dejamos enlaces a los Consulados que existen en algunos de los principales países receptores de españoles emigrantes.
Consulados
¡Esperamos que este artículo os haya sido de utilidad! Pero si aún tenéis dudas, tenemos esta pequeña encuesta, con la que intentaremos organizar un encuentro digital específico sobre matrícula consular. Os animamos a completarla para ayudarnos a conocer vuestras necesidades reales y así poder aclarar todas vuestras dudas.
[…] inscrito en el Registro de Matrícula Consular como Residente con anterioridad a marzo de […]
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