Un momento...
23/03/2021
En primer lugar queremos saludar a todos los miembros de la comunidad CEXT. Especialmente a todos aquellos que tienen que votar próximamente en la Asamblea de Madrid.
¡Hola! en este artículo encontrarás:
Recuerda que siempre puedes contactar con nuestros Helpers para resolver cualquier duda.
Encontrarás las fuentes con las que hemos elaborado este artículo. Siempre puedes consultar y profundizar en ellas.
Si quieres compartir una experiencia o matizar alguna información puedes hacerlo contactando con nuestra redacción.
Comparte la información y el contenido con quien quieras. ¡Cítanos!
Conoce todos los servicios que te ofrecemos de manera online para tu estancia y proyecto en Italia.
También te recomendamos diferentes fórmulas para mejorar o aprender italiano.
Votar en el extranjero si es la primera vez que lo haces es algo complejo, no es tan inmediato, rápido e intuitivo cómo pudieras pensar. Por eso hoy te queremos hablar de los pasos que debes seguir para las próximas elecciones en la Asamblea de Madrid.
Lo primero que queremos recordarte, y que hemos hablado en profundidad en otros comicios es del tipo de votos y censos que hay.
Esto nos lleva a 2 tipos de censos:
Quién eres tú.
Pues si te has inscrito en el Consulado o Embajada como residente permanente en el extranjero, eres un voto CERA y correspondes al censo PERE. En el caso contrario eres un voto ERTA y correspondes al censo CER.
Tienes que tener cuidado, porque para inscribirse a los censos también hay plazos. Esto nada tiene que ver con el voto por correo.
Pues te explicamos paso a paso qué debes hacer en cada uno de los casos.
Estos son los pasos que deberás seguir para votar en las próximas elecciones de la Asamblea de Madrid.
El censo lo puedes consultar desde el día 17 al 24 de marzo, ambos inclusive para comprobar que estás en él y que los datos son correctos.
Si dispones de un certificado electrónico, lo puedes consultar por vía telemática en la sede electrónica del INE. https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones
En el caso de que no dispongas de certificado electrónico tendrás que ponerte en contacto con tu consulado, donde además deberás dirigirte si tienes que hacer una reclamación en caso de error en el censo. http://www.exteriores.gob.es/portal/es/serviciosalciudadano/paginas/embajadasconsulados.aspx
Remitirlo todo lo antes posible, y en todo caso no más tarde del 5 de abril, a la Oficina del Censo Electoral en Madrid cuya dirección puedes consultar en https://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm
El envío de la solicitud también podrá ser realizado de forma telemática, accediendo el interesado al procedimiento «Solicitud de voto CERA» publicado en la Sede Electrónica del INE, https://sede.ine.gob.es/ , y acreditando su identidad mediante un certificado electrónico reconocido, asociado a su DNI.
Quienes no dispongan de certificado electrónico podrán realizar el envío de la solicitud accediendo al procedimiento con la Clave de Tramitación Telemática (CTT).
1.Una hoja informativa
2. Papeletas y sobres de votación
3. Dos certificados de inscripción en el censo electoral
4. Un sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial
5. Un sobre dirigido al Consulado o Embajada
6. Impreso para la devolución de los gastos del envío del voto por correo
Puedes depositarlo personalmente en las urnas dispuestas para ello en la Embajada o Consulado, entre los días 30 de abril 1 y 2 de mayo. Remitirlo por correo certificado, no más tarde del jueves 29 de abril.
Si te encuentras temporalmente en el extranjero entre la convocatoria de elecciones y su celebración, deberás solicitarlo previamente y estar inscrito en el Registro de Matricula Consular como no residente. Estos trámites (solicitud e inscripción) pueden realizarse en el mismo acto. http://www.interior.gob.es/impresos-para-los-electores
Para presentar la solicitud cumplimentada deberás personarte en el Consulado o Embajada, con tu DNI o Pasaporte, no más tarde del día 5 de abril. No te preocupes porque los Consulados y Embajadas te sabrán orientar sobre todo el proceso.
Una vez proclamadas las candidaturas y finalizado el plazo de recursos, la Oficina del Censo Electoral te enviará la siguiente documentación para votar:
Recibida la documentación, deberás enviar, no más tarde del viernes 30 de abril, el voto y el resto de la documentación a tu mesa electoral en España, por correo certificado, utilizando el sobre específicamente destinado a ello y que recibirás en tu domicilio.
Será indispensable para la validez de estos votos que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial de una Oficina de Correos del Estado correspondiente, que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto.
https://www.ine.es/prensa/elec_cm_mayo2021.pdf
Esperamos haberte ayudado con la fiesta de la democracia.
Recuerda, como te hemos dicho al principio, que si tienes cualquier duda te puedes poner en contacto con nuestros helpers (de este artículo o de cualquier otra cuestión que te inquiete). ¡Aprovechamos para saludarles por el gran trabajo que realizan en la Comunidad! Nos despedimos esperando haberos ayudado.
Por cierto, si acabas de llegar a Italia o conoces a alguien que lo ha hecho, te recomendamos que te descargues nuestra Guía de Primeros pasos en Italia. Es totalmente gratuita y está realizada por todo el equipo para que ayudarte en todas las etapas. ¡Hazte con ella ahora mismo en el botón naranja inferior!
Si tienes cualquier comentario o quieres complementar, y compartir información con todos los usuarios nos puedes dejar un mensaje. ¡Estaremos encantad@s!
¡Esperamos que te sea útil!
BIENVENID@ A ITALIA
Tu comunidad en español de Expats en Italia.
Conoce nuestros servicios orientados al expatriado que quiere vivir en Italia.