Emprendimiento

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Conclusiones del webinar: ‘Cómo emprender en Dubai’

26/06/2018

webinar

El pasado 20 de junio, la abogada española María Rubert, socia fundadora del despacho de abogados Rubert & Partners, nos acompañó en el último webinar de la segunda temporada de ‘Emprende por el Mundo’, organizado conjuntamente entre Mundo Spanish y Cext. Esta valenciana ha contado de primera mano su experiencia en la gran ciudad de Dubái, 9 años en el país de los Emiratos Árabes Unidos (EUA) y su experiencia profesional avalan un gran conocimiento del mercado, considerado como uno de los destinos más atractivos para la inversión.

En este encuentro digital, la abogada destaca la fuerte competencia procedente de todo el mundo que reina en el mercado de los Emiratos Árabes y ha dado la claves para internacionalizar un negocio o crear una empresa de la forma jurídica más adecuada. Pues, según señala, «el país cuenta con una jurisdicción muy interesante y con mucho potencial, se trata de una competición muy dura».

De los siete emiratos que componen EAU, Dubái es el que cuenta con una ubicación geoestratégica y el que se encuentra mejor conectado. Una combinación de factores, que sumado a la baja presión fiscal, hace que resulte un lugar muy atractivo para los negocios y consiga duplicar su población cada 5 años. Además, se trata de una ciudad muy peculiar ya que “sólo 10 de cada 100 personas son locales», señala Rubert. Las nacionalidades más abundantes son la india, la pakistaní y la filipina, que, por lo general, ocupan puestos de trabajo relacionados con el sector servicios, el resto de la población emigrante procede de diferentes países del mundo.

Como sabemos, EAU destaca por ser uno de los países más ricos del mundo, pero ¿en qué se invierte esta riqueza? Según Rubert, en tres aspectos fundamentales:

  1. Infraestructuras. Referentes, en todos los récord Guinness y de primera clase.
  2. Sistema fiscal. No existen prácticamente impuestos, aunque sí hay una serie de tasas indirectas que se pagan por la compra de alcohol y tabaco. Hay que destacar que, desde el 1 de enero de 2018, hay que pagar IVA, por lo que “aquellas empresas que durante 2017 han facturado más de 375.000 dirhams (88.000 € aprox.) tienen la obligación de registrarse y pagarlo”.
  3. Tratados de doble imposición. Según explica Rubert, España tiene un tratado bilateral por el que se permite a los residentes de cualquiera de los dos países tributar en el país, pero advierte de que hay que tener cuidado porque “no se habla de personas físicas sino de entidades españolas, mientras que sí aplica a las personas físicas y entidades emiratíes”.

De cara a los negocios, EAU es la puerta de entrada a Oriente Medio. Generalmente, “las empresas que quieren vender en esta zona, primero entran a Emiratos” debido a que, de este modo, sólo tendrán un 5% de aranceles y podrán distribuir a todo el Golfo Pérsico sin ningún coste de imposición, frente al 11% de aranceles que tendrían que asumir si entrasen, por ejemplo, a través de Egipto.

Los sectores con una mayor demanda y actividad en la actualidad son: Blockchain e inteligencia artificial, salud, inmobiliario y de maquinaria, construcción y contact, alimentación y moda, según referencias del ICEX aportadas por Rubert durante el webinar. En cuanto al emprendimiento, EAU no tiene una política activa ni planes concretos de estímulo o atracción de emprendedores como otros países de la zona, aunque puede considerarse que dada su apertura al mundo empresarial internacional y su carácter ‘early adopters’ de nuevos modelos de negocio, todo aquel que llega a Dubai es, en esencia, un potencial emprendedor.

A la hora de dar los primer pasos para internacionalizar un negocio o abrir una empresa en dicho país, es fundamental realizar un estudio de mercado, «puede ser nuestra mejor inversión» ya que esto “puede evitar un fracaso o puede ayudar a tener éxito y a abrir puertas”, asegura Rubert. Una vez hecho esto, el siguiente paso es decidir cómo se quiere trabajar en el país y cuál es la forma jurídica que debe tener la sociedad. La abogada, especialista en asesorar a empresas en este sentido, enumera siete modalidades:

  1. Visitas espontáneas y marketing a distancia. Esta opción no es muy recomendable porque en EAU se juzga por la “ vía criminal realizar una actividad comercial sin licencia”. Por ello, una vez que se firme algún contrato es importante contar con una estructura en el país.
  2. Contar con un agente o distribuidor en el país. Ante esto, Rubert advierte de que antes de firmar un contrato con un agente local,“hay que estudiar bien las cláusulas, ya que las leyes locales tienden a proteger al agente local y si se firma algo que no se conoce puede traer consecuencias”. Por ello, es necesario contar con un abogado que conozca muy bien las leyes y el mercado emiratí.
  3. Apertura de una oficina de representación. De este modo, la empresa puede coordinar desde EAU a todos sus agentes en la zona, pero la entidad no podrá realizar transacciones en nombre de la oficina y sólo lo podrá hacer en nombre de la empresa española.
  4. Creación de un sucursal. Además de ser “una buena vía para evitar tener que lidiar con un sponsor”, este modelo permite llevar a cabo actividades comerciales idénticas a la de la empresa madre que se encuentra en España.
  5. Constitución de una empresa en Emiratos (LLC). Tener una entidad en el Emirato, conocida como onshore, aporta credibilidad al negocio. Para construirla hay que tener un socio local al que le corresponde el 51% de las acciones, pero “eso no es un problema”, asegura la abogada. Existen fórmulas para mitigar el poder del socio en la empresa como modificaciones en el Memorándum y artículos de asociación, poderes generales, acuerdos de accionista, préstamos o resoluciones anuales.
  6. Constitución de la empresa en una zona franca. Existen más de 40 zonas francas que permiten el 100% del accionariado extranjero y que tienen una serie de ventajas fiscales, de reducción de costes de implantación de mantenimiento o reclutamiento de empleados, entre otras, para las empresas.
  7. Creación de una entidad offshore. Este tipo de empresa permite actividades comerciales, adquirir bienes y operar con cuentas bancarias en EAU y en el extranjero, pero tiene un importante inconveniente. La abogada advierte que hoy en día “es realmente difícil abrir una cuenta bancaria para una entidad offshore por problemas de transparencia que se dieron en el pasado”. Además, no se benefician de los tratados de doble imposición y no pueden tramitar visados.

Independientemente de la modalidad de empresa que se ponga en marcha, todas ellas están sujetas a un registro que deben renovar anualmente, a licencias y membresía con la Cámara de Comercio local requerida y a que el gerente sea residente en EAU.

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