Un momento...
27/09/2022
Ayudas para residentes españoles en el exterior
Estas ayudas tienen por OBJETO amortiguar la situación derivada de la carencia de recursos de los españoles en el exterior y de los familiares a su cargo en situación de necesidad.
Las personas que podrán beneficiarse deben de cumplir los siguientes requisitos:
– Ser emigrante español no residente en España.
– Carecer de recursos económicos con los que afrontar el gasto que motiva la petición de ayuda.
Plazo de la convocatoria: Se encuentra abierta durante todo el año.
EXCLUSIONES:
No podrán ser beneficiarios de las ayudas asistenciales extraordinarias el personal que esté trabajando al servicio de la Administración o instituciones españolas en el exterior, así como los familiares que de él dependan.
ABONO de la ayuda:
Las ayudas serán de cuantía variable en función de las causas que generan la solicitud y de la situación económica y familiar de los interesados.
Previa autorización del interesado, las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales y la Dirección General de Emigración podrán realizar directamente el pago de la ayuda reconocida al beneficiario, a las instituciones, entidades o personas con las que aquél hubiera contraído la deuda para cuyo abono se reconoce la ayuda, comunicando a éste que se va a efectuar dicho pago en su nombre.