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Anulan 8 cláusulas polémicas de los contratos de Ryanair

25/10/2013

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha declarado nulas 8 cláusulas presentes en los contratos de Ryanair. La compañía de bajo coste recibió una denuncia en 2001 por parte de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), al igual que la recibieron Iberia, Vueling y la exinta Spanair. El juez ha determinado que las cláusulas son abusivas y violan la legislación de protección a los consumidores.

La mayoría de cláusulas ya habían sido polémicas. Una de ellas obligaba a abonar 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque, lo que suponía en muchas ocasiones un coste mayor al del propio billete. Otra de ellas obligaba al pago en el aeropuerto con tarjeta, sin dar la posibilidad de abonar la cuantía en metálico.

Además la low cost irlandesa, presidida por el irlandés Michael O´Leary, exigía presentar la documentación conforme a los reglamentos internos. Un caso reciente fue el de una familia valenciana en el que la hija de 2 años no tenía DNI y la aerolínea le negó el embarque a pesar que la legislación permite a los menores de 14 años viajar sin documento de identidad en vuelos nacionales.

Además de las anteriores, cobrar un importe determinado en concepto de almacenamiento si no se recoge el equipaje tan pronto como llegue a su destino, permitir la modificación unilateral de los horarios, o exigir que los pasajeros presenten sus demandas en Irlanda, son cláusulas que la sentencia, contra la que cabe recurso, obliga a Ryanair a retirar de sus contratos.

Un artículo de Olga San Andrés para CEXT

Imagen: ciaiasca.com

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