Formación Profesional encaminada al Plan Bolonia
11/05/2010
En lo que a la Formación Profesional Específica se refiere, el Proceso de Bolonia mejora las salidas profesionales de los ciclos de formación profesional de grado superior.
En la nueva normativa se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
Este decreto regula las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado desde los diversos supuestos previstos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Entre los procedimientos de acceso a la Universidad, este real decreto regula, entre otros el relativo al acceso mediante selectividad por parte de los alumnos que estén en posesión del título de Bachiller, también regula lo relativo a la modalidad de acceso a la universidad para quienes acrediten experiencia laboral o profesional y no dispongan de la titulación académica legalmente establecida al efecto.
En el caso de la formación profesional, la admisión a las enseñanzas universitarias de Grado, se deben de tener en cuenta dos aspectos importantes:
- Que existe un acceso preferente mediante la adscripción de cada uno de los títulos de grado superior a las ramas de conocimientos en que se estructuran las enseñanzas universitarias. Dichas ramas de conocimiento vienen establecidas den el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
- Que para la adjudicación de plazas en la Universidad, se utilizará la nota
de admisión que corresponda.
• Artes y Humanidades
• Ciencias
• Ciencias de la Salud
• Ciencias Sociales y Jurídicas
• Ingeniería y Arquitectura.
El Real Decreto 1892/2008, establece la adscripción, de los títulos de técnico superior a las ramas de conocimiento anteriormente citadas y que dan lugar a un acceso preferente. Por lo que respecta a la nota de admisión, que es el segundo aspecto importante a tratar, la nueva regulación establece que quienes estén en posesión del título de técnico superior de formación profesional, podrán acceder a las enseñanzas universitarias de Grado, sin necesidad de prueba de acceso. Esta es una diferencia sustancial con los alumnos procedentes del bachillerato, los cuales deben superar una prueba para acceder a los mismos estudios.
Para el caso en que las plazas ofertadas por las universidades sean inferiores al número de solicitudes recibidas, se establece una fórmula para calcular la nota de admisión, la cual se expresará con dos cifras decimales.
Nota de admisión = NMC +a*M1+b*M2
NMC = Nota media del ciclo
M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de los módulos de que se compone el ciclo formativo de grado superior, quedando exceptuados los módulos de FOL, FCT y EII.
a, b = parámetros de ponderación de los módulos del Ciclo Formativo.
Su valor estará entre 0,1 y 0,2 y deberán hacerse públicos por las universidades a principio del curso.