89º Congreso anual ordinario de la Federación Regional de Sociedades Españolas de Bahia Blanca
02/03/2010

FEDERACION REGIONAL DE SOCIEDADES ESPAÑOLAS DE BAHÍA BLANCA
Chiclana 681 – Piso 1º - Local 8
Bahía Blanca, Argentina
frsebb@hotmail.com
89º CONGRESO ANUAL ORDINARIO
Convocatoria
De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 24º de Estatuto de la Federación Regional de Sociedades Españolas de Bahía Blanca, su Consejo Directivo convoca a la asociaciones afiliadas al 89º Congreso Anual Ordinario, a realizarse el día 3 de abril de 2010 a las 15,00 horas en primera convocatoria, o las 15.30 horas en segunda convocatoria, según lo determina el articulo 26º del Estatuto, en la sede de la Asociación Española de Socorros Mutuos de Comodoro Rivadavia, en la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut.
Orden del día
1. Acto preliminar: presentación y verificación de credenciales por una Comisión de tres (3) Delegados presentes designada al efecto.
2. Apertura y constitución del Congreso; y lectura del Acta anterior.
3. Elección de tres (3) Delegados presentes para fiscalizar y suscribir el Acta de este Congreso, conjuntamente con los Señores Presidente y Secretario del Consejo Directivo.
4. Consideración de la Memoria, Balance General e Inventario correspondiente al 88º ejercicio social, comprendido entre el 1º de enero y el 31º de diciembre del 2009, y la aprobación del Cálculo de Ingresos y Egresos para el ejercicio 2010.
5. Proposiciones del Consejo Directivo: consideración del incremento de las cuotas sociales.
6. Proposiciones de las Asociaciones Federadas. Presentación de proyecto por la Asociación Española de S.M. de Coronel Dorrego.
7. Proposiciones de los Señores Delegados.
8. Elección de un (1) Vice-Presidente, un (1) Pro-Secretario, un (1) Por-Tesorero, tres (3) Consejeros Titulares, tres (3) Consejeros Suplentes, un (1) Revisor de Cuentas Titulares; y dos (2) Revisores de Cuentas Suplente. Todos los cargos por dos (2) años, por terminación del mandato y en cumplimiento de lo que prescribe el artículo 30º del Estatuto. El Congreso designara una Junta Escrutadora salvo el caso previsto en el artículo 31º.
9. Designación de la sede del próximo Congreso y denominación que se dará al mismo.
10. Clausura del Congreso.
Juan Suay QuevedO - Secretario
Macario Lozano Prieto - Presidente
Se ruega a las Instituciones afiliadas tener en cuenta lo establecido en los artículos 22 y 25 del Estatuto, para la designación de sus delegados al Congreso